Juez Lopez “Si el Estado no cumple incurre en el delito de desobediencia judicial”

El pasado lunes 7, el juez federal Alfredo López, titular del Juzgado Nº 4 de Mar del Plata, dio lugar a una acción de amparo que interpuso un ciudadano de esta localidad ante la Justicia de la provincia de Buenos Aires a fin de declarar la inconstitucionalidad de la ley de aborto, un fallo que suspende la práctica en todo el país por estar en juego el derecho a la vida de los niños por nacer.

“La Justicia bonaerense había remitido el expediente a la Justicia federal porque se consideró incompetente, y yo a su vez lo remití al fiscal Portela, que determina que es efectivamente competencia federal pero no está habilitada la instancia. Entonces habilito la instancia y procedo a abrir el amparo, que significa dar traslado al Estado Nacional -que es el demandado-, por el objeto que es la inconstitucionalidad de la ley de aborto y de los protocolos que se dictaron en consecuencia. De modo tal que el Estado tiene que contestar la demanda, y yo, en un plazo de 20 días, debo definir la constitucionalidad o no de la ley de amparo” señaló el magistrado, quien en una entrevista por Zoom con La Prensa adelantó que el Gobierno ya apeló su medida y lo recusó.

A pesar de que numerosos colectivos se manifestaron a favor y en contra, el juez explicó que esta medida cautelar tiene dos condiciones: la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora. “La primera es muy intensa porque allí se fundan las normas constitucionales: el Art. 75, inciso 23 de la CN y el mismo artículo inciso 22 que remite a los tratados internacionales que la Argentina suscribió. Además, por la reforma del 94, estos tienen rango constitucional, por eso en el Tratado de los Derechos del Niño y en el Pacto de San José de Costa Rica se considera la vida del niño desde el momento de su concepción”, afirmó.

El juez López resaltó, además, lo que sucedió con el fallo Fal de la Corte Suprema, que contradice los mismos principios de la Corte. ­

“Ya en el gobierno de Cristina Kirchner se modificó el Código Civil y allí se establece que hay vida desde la concepción. Esto se hizo para modificar el criterio del Código de Vélez Sarsfield, para incluir dentro de los protegidos a los embriones fecundados fuera del seno materno. De manera tal que el fallo Fal pierde vigencia en virtud de esta reforma. Todos estos son los argumentos en la verosimilitud en el derecho. Y los argumentos vinculados al peligro en la demora están relacionados al riesgo que existe de matar a los niños por nacer con la vigencia de la ley del aborto, que, recuerdo, es un delito penal”, advirtió.

-¿Esta medida es efectiva para todo el país?

-Sí, porque abarca la impugnación por inconstitucionalidad y se hace ante un juez federal. La diferencia con otros casos que ocurrieron en Salta, Chaco, San Luis o San Juan, es que esos eran casos donde se impugnaban normas provinciales e intervenían jueces ordinarios que tienen jurisdicción sólo en su propia provincia.

-¿Qué ocurre si en este momento alguien se hace un aborto?

-Por lo pronto el Estado ya está notificado y debe arbitrar los medios para informar que está suspendida la ley y no se pueden practicar abortos, protocolos ni ninguna resolución. Si no la cumple estaría incurriendo en el delito de desobediencia judicial, en complicidad con que es un delito contemplado en el Código Penal.

-Tuvo importantes muestras de apoyo y algunas en contra. ¿Qué sintió al respecto?

-Era previsible, porque el Gobierno y los organismos de derechos humanos, las feministas, más algunos medios como TN, 0223 y el Canal 10 de Mar del Plata hicieron informes y falsedades contra mi persona, y no les importa la ley, sino que militan el asesinato de niños por nacer.

-¿Sufrió amenazas?

-No, lo que ocurrió fue que el día posterior al fallo, las feministas verdes convocaron por redes sociales un escrache con aerosoles y piedras contra el Juzgado. Pero eran 10: evidentemente ya no fluye el dinero de organizaciones internacionales como antes.

-¿Piensa que el aborto debería haber pasado por una consulta popular?

-No, en primer lugar porque el aborto es un delito, y está vedada la consulta popular cuando se trata de delitos. En segundo lugar, los derechos fundamentales no son plebiscitables.

-Cuando suspendió la ley, ¿tuvo en cuenta los casos recientes de mujeres que fallecieron por la práctica del llamado `aborto legal’?

-No lo tomé en cuenta. Yo lo que hice fue una medida cautelar donde por la verosimilitud en el derecho y el peligro en la demora, suspendí la ley y la consideré inaplicable en todo el territorio nacional. El tema de la inconstitucionalidad lo voy a definir con la sentencia de fondo del amparo.

-En una entrevista señaló que los jueces deben desprenderse de las convicciones subjetivas. ¿Cómo lo explica en este fallo que toca tanto el corazón de cada uno?

-En el caso personal, en la sentencia explico que mi condición de católico y defensor de la vida no es óbice para mi intervención, ya que fundamenté jurisprudencia amplia en la materia. Los jueces tienen la obligación de desprenderse de cualquier subjetividad al momento de fallar y deben hacerlo de acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales. Es una condición de todo magistrado el ser imparcial e independiente.

-Generaron revuelo sus declaraciones sobre que usted se basaba en la ley y no en una ideología.

-Sí, efectivamente es así porque los legisladores cuando trataron el proyecto de ley tuvieron conocimiento de que habría impugnaciones por inconstitucionalidad. El fallecido Doctor Badeni, un gran constitucionalista, cuando se hizo el debate en el Congreso explicó claramente que para aprobar una ley de aborto debían derogar la Constitución y denunciar los tratados internacionales que la Argentina ha firmado. Pero como las imposiciones externas y la presión para otorgar beneficios y créditos a los que nuestra casta política está sometida, ya sea unos u otros porque Macri habilitó su tratamiento y Alberto Fernández la sancionó, eso implica que tienen una agenda en común. Lo mismo sucede con el periodismo donde algunos están a favor de la ideología de género y el aborto.

-¿Qué le parece la `ley del latido’ que hay en Texas, Estados Unidos, la cual establece la prohibición de abortar desde el mismo momento en que el corazón del feto empieza a latir?

-No conozco con precisión los términos, porque Estados Unidos no tiene un sistema legislativo análogo al nuestro, que es codificado. Los países anglosajones tienen un sistema que se basa en el precedente y cada Estado tiene su normativa. Lo que sí le puedo decir es que estamos a contramano del mundo, porque los efectos del invierno demográfico hacen que todos los países estén buscando revertir esta situación de despoblación. En muchos casos altera la cultura también, porque nace cada vez menos población autóctona y se ven invadidos por los de otros lugares del mundo. Como ejemplo tenemos a China que permitía un solo hijo y ahora tres.

-Por último: si en unos días usted declara la inconstitucionalidad de la ley, ¿qué pasa con los casos como el del doctor Rodríguez Lastra, que fue condenado por permitir el nacimiento de un bebé?

-Eso lo tiene que decidir el juez competente. Son jurisdicciones distintas, fueros distintos, porque eso es materia penal y lo mío federal, de manera tal que no incide mi decisión respecto a lo que deba decidir el juez que tenga el caso de Rodríguez Lastra. Pero en caso de condenarlo, ¿qué tendrían que hacer? ¿Matar a la criatura que hoy tiene 4 años y la adoptó una familia?.

Por Sebastián Muzzi