Así lo resolvió la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta. Este plan de facilidades ofrece dos beneficios centrales: la bonificación de dos meses y el 12% de descuento en el pago en cuotas.

Desde la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta (ARMSa) se informa que al Pago Anual de tributos municipales 2023, se prorroga hasta el viernes 17 de marzo. Son dos los principales beneficios de este programa, la bonificación de dos meses y el 12% de descuento en el pago de los impuestos en cuotas.

Están incluidos los siguientes tributos: Impuesto Inmobiliario, Tasa General de Inmuebles (TGI), Impuesto a la Radicación de Automotores, Tasa de Protección Ambiental y la Tasa para la prevención y protección para personas y bienes.

Bonificación de dos meses

Se bonifican noviembre y diciembre; es decir que el contribuyente abona solo 10 períodos de facturación. Se puede abonar al contado o de forma on line https://municipalidadsalta.gob.ar/  Para esta última opción está disponible Macro Clic en 6 cuotas sin interés.

Otras opciones de pago son con tarjetas Visa en 1 solo pago y Banco Hipotecario en 6 cuotas sin interés. Los pagos al contado se realizan en el CCM, ARMSa, Pago Fácil, RapiPago, Delegación San Luis y CIC de Unión.

Para quienes abonen el Pago Anual a través de la boleta de EDESA, el beneficio de dos meses bonificados se implementa de la siguiente forma: el contribuyente abonará 8 meses (marzo a octubre) debiendo abonar enero y febrero. En total sólo pagará 10 periodos como estipula el beneficio.

Descuento del 12%

El descuento se realiza sobre el monto total a pagar en doce meses. Se puede abonar con Tarjetas Visa, Mastercard y Cabal, en 3, 6 y 12 cuotas. Para el descuento del 12%, todas las operaciones deben realizarse vía on line https://municipalidadsalta.gob.ar/

Exenciones del 100% en pago Tributos Municipales

Se recuerda que jubilados, pensionados, desocupados, veteranos de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, personas con discapacidad y con enfermedades terminales propietarios de una parcela o unidad habitacional están exentos del pago del Impuesto Inmobiliario y la TGI.

En cuanto al Impuesto a la Radicación de Automotores los exentos de pagar este tributo en un 100% son personas lisiadas propietarias de vehículos adaptados, veteranos de la Guerra de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, y personas con discapacidad, en todos los casos propietarios de un automotor.