En la tarde de hoy los ediles resolvieron sancionar un Proyecto de Ordenanza remitido por el DEM que modifica artículos de las normativas Nº 15547-Habilitaciones simplificadas- y 15292-Habilitaciones e inspecciones-. Esto con el fin de mejorar la eficacia y agilizar los procedimientos y requisitos de habilitaciones simplificadas. Mediante los cambios introducidos se incrementan los metros cuadrados mínimos para poder realizar la habilitación, modifica la condición fiscal exigida y amplía el plazo de duración de la habilitación, entre otros aspectos.

La redacción modifica el primer artículo de la Ordenanza Nº 15547, estableciendo que el régimen será denominado “Régimen Simplificado de Habilitaciones”. Además se amplía a 100 m2 el máximo de la medida que deberá tener un local para acceder al Permiso de Habilitaciones Simplificado. Esto siendo aplicable únicamente para las actividades y zonas que determine la Autoridad de Aplicación.

También se modifican los incisos a) b) c) y f) del artículo 5, vinculados a los requisitos para el otorgamiento del Permiso de Habilitaciones Simplificado. Entre estos requerimientos se encuentran la solicitud de habilitación completa y firmada, constancia de inscripción en AFIP, croquis del local rubricado por el solicitante con carácter de declaración jurada o firmado por profesional competente y certificado por el consejo o colegio profesional.

En otro de los apartados se detalla las situaciones en las que se podrá exceptuar al local de la inspección respectiva al posterior ingreso de la documentación correspondiente. Asimismo se consigna que el Permiso de Habilitaciones Simplificado deberá ser renovado cada 48 meses.

Con las modificaciones a la norma Nº 15.292, en tanto, se establecen cambios en los requisitos para el otorgamiento del Certificado de Habilitación. Mediante otro articulado hace referencia a los casos en los que no se podrá emitir el Permiso de Habilitación Provisoria durante el período de tramitación de la habilitación. Consignando que será cuando la actividad sea categorizada de Alto Impacto Ambiental y Social, o de Mediano Impacto Ambiental y Social con afluencia masiva de público. Finalmente se dispone derogar la Ordenanza Nº 15.624.

Durante el tratamiento, ediles de diversas bancadas dieron a conocer su punto de vista en relación al Proyecto. Nicolás Kripper (SU) manifestó que tiene como fin “simplificar y agilizar la posibilidad de que comerciantes puedan lograr su habilitación comercial”. En su alocución también se refirió a los beneficios que aporta su sanción, indicando: “Se extiende el espacio para lograr la habilitación comercial de 40 m2 a 100 m2; permite que accedan a este régimen simplificado de habilitación comercial personas jurídicas y humanas; y la habilitación se extendió de 3 a 4 años”. En tanto, Santiago Alurralde (STF) sostuvo: “Si vamos a incentivar el trabajo formal y el trabajo legítimo mejoremos también la contraprestación vinculada a la Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene”. Su compañero de bancada, Raúl Córdoba, celebró la sanción de la iniciativa sosteniendo que es una herramienta que permite al vecino ingresar al sistema de comercio legal. Finalmente, Laura García (FT) bregó para que el Ejecutivo Municipal de promoción a la norma.