La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que enero, febrero y marzo no serán computados a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas sistémicas.
Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados hasta abril para proceder con exclusiones de oficio.
Planes de pago
Asimismo, a través de la Resolución General N°4917 la AFIP extendió hasta el 31 de marzo de 2021 los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la adhesión temprana a los planes de facilidades de pago permanentes.